REGLAMENTO

CAPÍTULO X - DIRECCION EJECUTIVA
ARTÍCULO 57: COMPOSICION: La Asociación contará con una Dirección Ejecutiva, posición Ex-Oficio (con voz, pero sin voto) de la Junta y responderá directamente a la misma. La Junta Directiva será responsable de evaluar la ejecución de la Dirección Ejecutiva y de designar su suplente en caso que se determine por voto mayoritario que su valor no es satisfactorio o en caso de renuncia.
ARTÍCULO 58: RESPONSABILIDADES Y FACULTADES: La responsabilidad principal es ejercer como agente administrativo de la Asociación y por ser un puesto ejecutivo se le reconoce libertad de criterio. La Dirección Ejecutiva es responsable de los recursos humanos, las instalaciones y la administración fiscal de la Asociación, respondiendo e implantando la política y el presupuesto aprobado por la Junta Directiva. Deberá servir de enlace entre los socios, la Junta Directiva, el público y el equipo administrativo. Responde directamente a la Junta Directiva representada por la presidencia.
CAPÍTULO XI - AÑO FISCAL
ARTÍCULO 59: El año fiscal será el año natural.
ARTÍCULO 60: El (la) tesorero(a) de la APPR someterá durante la Convención Anual de la organización un Estado de Situación Económica correspondiente al año fiscal de la APPR; un Proyecto de Presupuesto para el próximo año fiscal; una lista actualizada de los Socios de la APPR al cierre del año fiscal correspondiente a su término.
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